La
Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia,
Corpoamazonia, notificó al científico colombiano Manuel Elkin Patarroyo
mediante edicto, “teniendo en cuenta que no
fue posible hacer la notificación personal”, la Resolución 0626 de 2015, “por la cual se reanuda el permiso de
investigación científica”. Muy buenas noticias para él y de paso para toda la
comunidad científica colombiana.
Fotografía de MedLife, la revista de la vida médica
Luego,
con fecha 30 de junio de 2015, Corpoamazonia envía a las oficinas de la
Fundación Instituto de Inmunología de Colombia, FIDIC, el centro de
investigación que dirige Patarroyo, un memorando informativo al cual le anexa,
además de la resolución previamente notificada mediante edicto por la “imposibilidad
para notificarlo personalmente”, los términos de referencia para el desarrollo
del proyecto de investigación que dirige, el cual involucra la colecta de
especímenes de la especie Aotus
Vociferans. Fin de las buenas
noticias.
Ningún
ente administrativo debería imponer a quienes vigila condiciones que ellos mismos
no podrían cumplir, de la misma manera en que ningún profesor debería asignar a
sus estudiantes tareas que él mismo no pueda resolver.
Los
términos de referencia son una colección de exigencias de muy difícil
cumplimiento, en el que se mezclan algunas razonables y necesarias, como la
organización de las instalaciones, medidas de bioseguridad, disposición de
residuos, condiciones de cautiverio, desarrollo de las pruebas, periodos de
cuarentena, rehabilitación, cuidado e identificación de los animales con otras
francamente absurdas o incomprensibles. Se
trata de un exceso de celo en el cumplimiento de sus funciones o, como lo
señaló el científico recientemente, de la existencia de enemigos agazapados de
la vacuna contra la malaria hecha en Colombia.
Cualquiera
que sea el caso, las condiciones impuestas son un obstáculo insalvable. Autorizar
la utilización de los micos pero con sujeción a condiciones muy difíciles o imposibles de cumplir es lo mismo que prohibir
veladamente su utilización. La trampa está en el empaque, no en el
contenido.
En
el numeral 1.1 de los términos de referencia se solicita, entre muchas otras
cosas, la “Descripción de los perfiles
profesionales, personal requerido incluido los colectores (sic). Los
colectores son indígenas de la región a los que difícilmente se les puede
exigir un “perfil profesional”, a no ser que les parezca aceptable uno que
diga: Indígena amazónico con 20 años de experiencia, empíricamente formado en
el manejo de varas, costales y escalamiento de árboles.
Presentar un cronograma de captura en
las áreas identificadas. Es decir, Patarroyo, el usuario o
solicitante, tendrá que citar cierto número de micos a alguna de las “áreas
identificadas”, haciendo énfasis en la puntualidad de la presentación. No dice nada sobre los que lleguen tarde.
En cuanto a la descripción de los
métodos de captura se debe tener en cuenta la siguiente información:
“Descripción de las medidas de
bioseguridad que se deberán tener en cuenta para la protección de los primates no humanos y los primates
humanos, teniendo en cuenta que precisamente uno de los motivos de la elección de
esta especie por parte del solicitante, es por que (debió decir porque, es una
afirmación, no una pregunta) comparte con los primates humanos buena parte de
la susceptibilidad a las enfermedades”. (sic)
En cuanto a la descripción de los
métodos de captura se debe tener en cuenta la siguiente información,
dice el documento: (los errores de redacción NO son míos)
“La otra opción para llegar al nido es
haciendo un ascenso sigiloso, desplazando una vara, de tal forma que los
animales no opten por la fuga hasta una distancia que permita extender la vara
con el costal para tapar el nido. En esta técnica sería viable utilizar una
técnica de ascenso similar a la utilizada en la escalada en roca encadenando
una ruta (??) poniendo seguros a lo
largo del árbol. En todos los casos, es necesario describir detalladamente los
procedimientos y el uso de los equipos”. Facilísimo! Si no
puedes convencerlos, confúndelos.
En
cuanto a la toma de datos se deberá reportar a Corpoamazonia como mínimo la
siguiente información:
1. Datos
básicos: Fecha, hora, lugar, nombre común del árbol donde se realizó la
captura.
2. Número
de ejemplares que conformaban los grupos familiares a la hora de la captura de
los especímenes.
3. Georeferenciación
del lugar de la captura en coordenadas geográficas en sistema Magna Sirgas. (Marco
Geocéntrico Nacional de Referencia) ¿Cada colector tendrá que portar y utilizar
un GPS?
4. Marcaje
del árbol donde se realizó la captura con una placa que suministre información
sobre la identificación del espécimen y el número de ejemplares capturados. No
se específica a que fuente de energía se conectará el aparato para marcar las
placas.
5. Marcaje
temporal de los especímenes capturados. No dice que pasará si llueve y se les
borra el marcaje temporal. ¿Habrá multa?
Por
aquí se entiende un poco mejor lo del perfil profesional solicitado. Lo que
piden, parece, es un indígena profesional en escalada de árboles como si fuera
en roca, certificado en captura de micos con vara y formación demostrable en topografía,
geodesia, biología, botánica, costales y proficiencia en manejo de GPS. ¿O será un veterinario con habilidades
trepadoras?
Es
importante aclarar, dice Corpoamazonia, “que
el traslado de los especímenes colectados desde los sitios de captura y/o
permanencia temporal a la Estación de primates de Leticia deberá ser asumido
por la FIDIC”. De acuerdo a las áreas
identificadas y la localización de sitos (¿sitios?) provisionales para llevar a
cabo la identificación taxonómica,
presentar los medios de transporte a utilizar y la ruta de movilización
hasta la Estación de Primates de la ciudad de Leticia. ¿Corresponde entonces a los empleados de
la FIDIC trasladar hasta los sitios de captura un laboratorio completo para
análisis de ADN y poder así realizar la clasificación con el rigor exigido? Los medios de transporte podrían ser las
canoas, peques y voladoras usuales en la zona? Como ruta ¿podría mencionarse
cualquier río? Y en los trayectos en que
se desplazan a pie, ¿deben utilizar la nomenclatura de longitud y latitud?
“Por lo menos dos valoraciones médicas
deberán realizarse a cada animal: la primera antes de trasladarlo de ARRIBO a
AISLAMIENTO y el segundo antes de salir de cuarentena. Los animales que
ingresen a las zonas de rehabilitación requerirán un tercer examen antes de
salir de la estación”.
“Con el fin de minimizar la ocurrencia
de enfermedades en la estación de primates, se debe presentar un esquema de
medicina preventiva que incluya procedimientos como vermifugaciones, aplicación
de tratamientos profilácticos, medicamentos, contraceptivos, vitaminizaciones y/o vacunaciones”. Tales procedimientos son de norma en la
FIDIC, pero se presentan como si fueran a realizarse por primera vez, gracias a
la gestión de Corpoamazonia. Lo mismo ocurre con el numeral que se refiere al
manejo nutricional de los micos.
Enriquecimiento ambiental. Cambio del
contenido y presentación de las dietas: la composición de la dieta debe cambiar
incluyendo frutos propios de la zona
donde serán liberados, además, se aumentara (debió decir aumentará) el grado de
dificultad para obtener alimento, con el fin de incentivar a los animales a
explorar su entorno en busca de él. Al
llevar tilde, la palabra él es un pronombre personal, se refiere a una persona,
por lo tanto debieron especificar si los micos deben buscar a Patarroyo o a
algún funcionario idóneo de Corpoamazonia. En todo caso la afirmación es una
demostración tácita de que los micos criados en cautiverio no pueden sobrevivir
en la selva por sus propios medios por lo que sería necesario sacrificarlos al
término de las pruebas o mantenerlos en cautiverio de por vida.
Todo esto me hace recordar cierta ley ridícula, por imposible de
cumplir, que prohíbe a los primates humanos del común, como usted o yo, morir
en el Palacio de Westminster, sede del Parlamento Británico, según informe de
la BBC de Londres. El Palacio tiene estatus de edificio de la familia real, así
que quien fallezca en su interior debería ser enterrado con todos los honores
de la nobleza, asunto que sale bastante caro. No se sabe que sanción se le aplicaría al
muerto en caso de ser sorprendido muriendo en el lugar equivocado. Tampoco se
sabe si en las zonas fronterizas donde grandes empresas farmacéuticas montaron
laboratorios en los que emplean los mismos micos existen controles parecidos.
Fernando Márquez
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