El
trabajo de investigación desarrollado por la FIDIC, el Instituto que dirige Manuel
Elkin Patarroyo, se basa en las pruebas efectuadas en monos amazónicos por
tener estos un sistema inmunológico muy similar al humano y, principalmente,
por razones éticas que deberían bastar para impedir la realización de estas pruebas
directamente en humanos.
Precisamente,
una de las mayores críticas formuladas a la vacuna contra la malaria RTS,S,
patentada por la multinacional farmacéutica GlaxoSmithKline, es la aparición de
un número significativo de casos de meningitis, convulsiones y otras patologías
entre los vacunados, que pudieron evitarse haciendo las pruebas en monos, procedimiento
más costoso y lento pero también más seguro y responsable para los vacunados.
La
amplia disponibilidad de estos micos concedía a Patarroyo y su grupo una
ventaja estratégica importante, que se ha perdido debido a las trabas que la burocracia oficial
le ha venido imponiendo sistemáticamente, con base en argumentos absurdos y
cambiantes. A los enredos conocidos se
suma uno nuevo, no menos lesivo que los anteriores, organizado esta vez por el
Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas, SINCHI.
En
oficio del 26 de mayo de 2015, Luz Marina Mantilla Cárdenas, Directora General del
SINCHI, le envía a Mauricio Velandia Sepúlveda, Subdirector de Administración Ambiental
de Corpoamazonía, la “Propuesta técnica de la cuota de
aprovechamiento de Aotus Vociferans”, documento más parecido al guion
de algún programa de televisión en el que los concursantes deben superar obstáculos
que a un documento diseñado para regular una actividad científica de interés
para el país. La propuesta se elaboró a
partir de “las simulaciones realizadas
teniendo en cuenta los parámetros definidos”.
Las
simulaciones son un elemento válido para investigar ciertos fenómenos, lo cual
no les quita su carácter especulativo ni esencialmente teórico. Los resultados
no pueden ser otra cosa que aproximaciones a la realidad, con un amplio margen
de error, que puede ser, en este caso, mayor o menor en función de la
interpretación que se haga de “los
análisis de viabilidad poblacional” que les sirven de base para determinar
las cantidades y áreas en que se autoriza la captura de monos aprobada por el
Consejo de Estado.
Se
asumió, -dice el documento- que la capacidad de carga para la especie, es
decir, la cantidad de animales que se pueden capturar en una zona dada, “corresponde a las densidades poblacionales
estimadas en áreas sin aprovechamiento, la cual equivale a 23.95 individuos por
Km2. Esta densidad es reportada por
Maldonado & Peck (2014) para Aotus
spp, y difiere de la hallada por la FIDIC, que está entre 24 y 44 animales
por Km2. La Maldonado a que se refiere el documento
es la misma que ha demandado en repetidas ocasiones a Patarroyo y la FIDIC por
un supuesto tráfico de micos, ya suficientemente desmentido por un estudio que
costó más de 1200 millones de pesos, (1252´387.550 pesos exactamente) realizado
conjuntamente por CORPOAMAZONIA, el mismo SINCHI, el Instituto de Genética de
la Universidad Nacional, IGUN, y el Ministerio de Ambiente. Esa es, probablemente,
la razón por la que ahora se habla de animales en peligro de extinción y no de
tráfico ilegal de especies animales, como antes.
Tomar
como base para las simulaciones un documento elaborado por una persona que es opositora
declarada de Patarroyo y su actividad no garantiza la imparcialidad de las
cifras y los criterios con que se regula el permiso de captura de los micos necesarios
para la realización de las pruebas biomédicas, restringido a 300 por cada 100 Km2.
La
justificación está en que “Este supuesto
se usó exclusivamente para correr las simulaciones a sabiendas de que la
densidad poblacional es un parámetro que depende entre otras (sic) de los recursos disponibles en el hábitat y
su cambio a lo largo del año, no obstante es la única información de densidad
para la especie en estas coberturas”. Elaborar un estudio propio y más
confiable es algo que, por lo visto, y pese a las falencias reconocidas del
otro, está fuera del alcance del SINCHI.
“En las simulaciones no se incluye la
liberación de individuos tras la experimentación biomédica ya que se desconoce
el valor real de supervivencia de los individuos liberados, aunque se tienen
aproximaciones del éxito de re-incorporación (sic) a la población de los individuos que
sobreviven tras la liberación. Adicionalmente se asumió una población cerrada
(sin inmigración ni emigración) aun cuando es muy poco probable que la
población se comporte así; sin embargo esta aproximación genera resultados más
conservadores”.
De
aquí en adelante todas las cifras,
cuadros y estadísticas sobre las que se fundamenta la propuesta técnica enviada
a Corpoamazonia tienen los pies de barro. Asumir que los micos permanecen
estáticos en un área específica introduce un elemento de distorsión que por sí
solo demuestra la precariedad de los análisis realizados y de sus resultados. No
son más conservadores sino menos confiables.
El
protocolo establecido por la FIDIC para manejar los animales que se reciben
allí ordena que estos se desparasiten,
alimenten y traten por el veterinario a cargo hasta alcanzar un estado de salud
óptimo, después del cual se tatúan, para evitar utilizarlos más de una vez, pasos
previos a la realización de las pruebas. Con posterioridad a estas, entran a un
periodo de cuarentena durante el cual se
tratan nuevamente hasta su liberación en condiciones óptimas, que ocurre en las
mismas áreas en que fueron capturados.
Las
tasas de mortalidad son inferiores al 4%, un número muy pequeño para
considerarlo como un factor de riesgo para la densidad de la población. No hay ningún peligro de extinción ni de
transmisión de enfermedades a seres humanos ni a otras especies, pero si uno
muy alto de inexactitud de la información presentada a los organismos encargados
del control y a la opinión pública, que explica en alguna medida la espiral de
requisitos, cada uno más difícil de cumplir que los anteriores.
El
mismo documento del SINCHI reconoce que con una cuota de extracción de 800
individuos/año y con una cuota de 1000 individuos/año, “En ninguno de los dos casos se presentan disminuciones drásticas en la
abundancia de individuos en las áreas de aprovechamiento, que alejen la
población de la capacidad de carga”. Sin embargo, para lograr este
comportamiento es necesario que la extracción se haga a lo largo de TODA el
área”, que es de 100 Km2.
RECOMENDACIONES DE LA PROPUESTA TÉCNICA
Realizar
la cosecha en diferentes localidades de 100 Km2 distribuidas a lo
largo del área total de la unidad de manejo autorizada. Dichas extracciones no
pueden superar los 300 individuos/año.
No
contemplar la liberación de individuos sometidos a experimentación biomédica de
nuevo al medio silvestre. Esto implica sacrificarlos o mantenerlos en
cautiverio por el resto de sus vidas, que fluctúa entre los 12 y los 25 años.
En
cada lugar de cosecha, previo a la extracción, y de manera simultánea con la
estimación de la densidad, Corpoamazonia y la FIDIC, obviamente, deben obtener
muestras de tejido de algunos individuos para identificación molecular
(determinación del taxón a través de un análisis de ADN) para corroborar la
presencia de la especie permitida en el
permiso. Cumplir con esta imposición supone que deben cargar con equipos altamente
especializados para la realización de las pruebas de ADN, que además deben
funcionar con baterías o luz solar, deben poder separar rápidamente los glóbulos
blancos, más puros, de los glóbulos rojos para extraer el ADN y deben entregar en
minutos el resultado que en condiciones normales de laboratorio puede demorarse
quince días. Eso sin contar con las dificultades que supone la conservación de
las muestras en un medio húmedo y caluroso como la selva. Ridículo.
Las
pruebas de ADN exigidas se realizan en humanos únicamente para efectos de
determinación de la paternidad o para análisis de medicina legal, tienen un
costo elevado y requieren condiciones especiales. Sería interesante ver si
ellos mismos son capaces de cumplir con tan importante requisito.
El
titular del permiso, es decir el científico Patarroyo, debe enviar una muestra
de sangre y pelo DE
CADA INDIVIDUO COLECTADO a la entidad asignada por Corpoamazonia,
con el número de tatuaje y las coordenadas geográficas de colecta para
confirmación de especie a nivel genético y aumentar el conocimiento de la
distribución de especies. Loable propósito, pero, ¿Cada colector, un indígena
de la región generalmente, debe portar y utilizar su propio sistema de GPS? ¿Cómo
se conservarán las muestras hasta llegar a su destino? Parece que más que un
equipo interdisciplinario y muy bien entrenado se requiere un equipo de magos
para poder cumplir con tan singulares órdenes, que quizá no estén dentro de las
competencias del SINCHI.
Posiblemente
tantos y tan extraños requisitos se deban a un exceso de celo en el
cumplimiento de sus funciones, pero lo cierto es que, contrariando lo que
ordena la ley colombiana, se parte del supuesto de que Patarroyo va a cometer
no se sabe bien que delito y que su función es atravesársele y dificultarle
tanto como sea posible su comisión, es decir, su trabajo. ¿Qué más vendrá?
No hay comentarios.:
Publicar un comentario