jueves, 12 de julio de 2012

Grave traspié para el Dr. Patarroyo

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12 de Julio de 2012

Como se trata de un fallo de primera instancia, esperamos que en la apelación el científico demuestre que no ha violado la ley y tampoco ha trasgredido los códigos éticos.

Estadísticas recientes de la Organización Mundial de la Salud, OMS, señalan que la malaria sigue atacando anualmente a cerca de 200 millones de personas en el mundo, de las cuales muere el 10%, la mayoría niños, por lo que se sigue buscando afanosamente la vacuna que permita inmunizar a la población en riesgo con un ciento por ciento de efectividad. En esa lucha se ha destacado con indudables méritos y gran reconocimiento internacional, desde mediados de los 80 del siglo pasado, el médico y científico colombiano Manuel Elkin Patarroyo.

Su primer éxito relativo fue la vacuna sintética denominada SPF-66, conseguida en 1986, luego de diez años de pruebas en humanos, tanto en Colombia como en Venezuela, Brasil, EE.UU., Tailandia y algunos países de África. La efectividad comprobada estuvo entre el 20% y el 50%, según la región de prueba, pero más que esa eficacia relativa lo que sorprendió a todo el mundo, empezando por la comunidad científica, fue la cesión de la patente por parte del investigador a la OMS y su rechazo a que su hallazgo pudiera ser explotado por grandes consorcios farmacéuticos, uno de los cuales le habría ofrecido por sus derechos US$74 millones.

El año pasado reveló al mundo que había obtenido la “segunda generación de esta vacuna”, la Colfavac, con una efectividad inmunológica del 90% en monos Aoutus Nancymaae (“monos nocturnos”, como los llaman los indígenas de la región amazónica), que tienen la particularidad de poseer un sistema inmunológico muy parecido al humano. Y la semana pasada anunció que la prestigiosa revista científica ‘Expert Reviews of Vaccine’ ya acogió en sus páginas los resultados que demuestran “efectividad en laboratorio de más del 90% en esos monitos, para todos los estadios de la malaria, algo que jamás se había logrado”, según sus propias palabras.

Para infortunio del Dr. Patarroyo, ese reconocimiento de pares científicos coincidió con la notificación de un fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, TAC, que ordena a la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonía -CorpoAmazonía- revocar el permiso concedido a la Fundación Instituto de Inmunología de Colombia (Fidic), que él dirige, para trabajar en su laboratorio de Leticia con los monos nocturnos. Los demandantes, miembros de una ONG ambientalista con sede en Leticia, alegaron en la Acción Popular impetrada, y así fue acogido por el tribunal cundinamarqués, que el Fidic incumplía normas relativas a la captura de los monos y a las condiciones de su movilización, confinamiento y utilización en el laboratorio con fines de investigación. Según el fallo, los permisos a Patarroyo “se han concedido de manera irregular y en contravía del régimen de obligaciones y prohibiciones generales sobre fauna silvestre establecidas en el Código de Recursos Naturales”. El TAC también solicita a la Procuraduría examinar si hay lugar a investigación disciplinaria contra funcionarios de CorpoAmazonía y el Ministerio del Ambiente en relación con los permisos, pero se abstiene de solicitar investigación de naturaleza penal por supuesta importación ilegal de los animales desde Brasil y Perú, de lo cual acusaban los demandantes al Dr. Patarroyo.

Aquí hemos reconocido sus grandes aportes a la ciencia y también su generosidad y su consagración a un trabajo muchas veces ingrato, pero también hemos señalado que en un país de recursos limitados, no parecía justificable que a la búsqueda de una vacuna contra apenas una de las múltiples enfermedades catastróficas, el Estado destinara una porción considerable del escaso presupuesto para la investigación científica. Sobre todo porque el Dr. Patarroyo ha tenido importantes ofertas de apoyo de gobiernos extranjeros -España, entre otros- y se ha negado a aceptarlas por un mal entendido prurito nacionalista. Nosotros esperamos que el distinguido investigador pueda superar este grave traspié, pues se trata de un fallo de primera instancia, y que en su apelación demuestre que no ha violado la ley y tampoco ha trasgredido los códigos éticos.

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